Propuesta de Ordenanza Municipal de Infraestructura Verde

Actualmente, varias comunas en Chile cuentan con ordenanzas municipales referidas a la gestión de la Infraestructura Verde urbana. No obstante, éstas son escasas debido a múltiples razones, entre ellas, la falta de profesionales idóneos en las plantas municipales, la escasez de conocimientos, tiempo y recursos, y en general, debido a la poca preocupación que actualmente existe en Chile en el cuidado de las Áreas Verdes y el Arbolado Urbano por parte de las autoridades políticas locales y la comunidad.

Por tales motivos, y en coherencia con nuestro objetivo de generar acciones estratégicas que promuevan la conservación del Arbolado Urbano, las Áreas Verdes y la Biodiversidad presente en las ciudades, la Red Árbol Urbano ha desarrollado un modelo de Ordenanza Municipal de Infraestructura Verde, con la finalidad de contribuir a mejorar la gestión de las áreas verdes y el arbolado urbano por parte de los Gobiernos locales, documento que, de forma gratuita, se pone a disposición de cualquier Municipalidad de Chile o autoridad comunal que la solicite.

Sobre el desarrollo de la Ordenanza

La idea de desarrollar una Ordenanza Municipal tipo de Áreas Verdes y Arbolado Urbano fue presentada en el año 2018 a los Ministros de Agricultura y Medio Ambiente, Antonio Walker y Carolina Schmidth, respectivamente. Sin embargo, la propuesta no fue considerada por ninguna de las dos carteras, razón por la cual miembros de la Red Árbol Urbano toman la iniciativa de desarrollar este trabajo, tomando como base la Propuesta de Ley de Arbolado Urbano presentada al Ministerio de Agricultura en octubre de 2018.

Para el desarrollo de este modelo de Ordenanza municipal, se consultó una amplia bibliografía referida a Infraestructura Verde, Áreas Verdes y Arbolado Urbano, tales como documentos oficiales, leyes nacionales, publicaciones científicas, estudios y comunicaciones técnicas, dando sustento legal y jurídico a la presente propuesta de norma de alcance local.

Adicionalmente, la propuesta fue contrastada con cerca de 10 leyes de Arbolado Urbano de diversos países y más de 30 Ordenanza Municipales de Arbolado y Áreas Verdes, tanto de ciudades chilenas como del extranjero.

De este modo, el resultado final de este trabajo constituye un instrumento fundado, con el objetivo que los Gobiernos locales, responsables de la Administración del verde urbano en los Bienes Nacionales de Uso Público, asuman dicha labor de cara a los retos de sostenibilidad en el actual escenario de Emergencia Climática, donde la Infraestructura Verde juega un importante rol dentro de nuestras ciudades.

Contenidos de la Ordenanza

La propuesta de Ordenanza Municipal de Infraestructura verde consta de 44 artículos, ordenados en los siguientes títulos y capítulos:

TITULO I. DE LA GOBERNANZA

CAPITULO I. Objetivo y aplicación de la presente Ordenanza
CAPÍTULO II. Del régimen legal y administración de las Áreas Verdes y Árboles Urbanos
CAPÍTULO III. De las solicitudes, permisos y recepción

TÍTULO II. DE LA PLANIFICACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA VERDE Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

CAPÍTULO I. Del Plan de Infraestructura Verde
CAPÍTULO II. De la participación ciudadana

TÍTULO III. DE LA GESTIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA VERDE

CAPÍTULO I. Gestión de las Áreas Verdes
CAPÍTULO II. Gestión del Arbolado Urbano



Municipios que han solicitado nuestra Propuesta de Ordenanza de Infraestructura Verde:

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Municipalidades

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Municipalidad de Providencia: -33.432295, -70.609893
Municipalidad de Frutillar: -41.136027, -73.027976
Municipalidad de Antofagasta: -23.639300, -70.396400
Municipalidad de La Serena: -29.902200, -71.250900
Municipalidad de Ovalle: -30.604000, -71.203900
Municipalidad de Monte Patria: -30.695100, -70.957600
Municipalidad de Valparaíso: -33.046300, -71.622100
Municipalidad de El Quisco: -33.399900, -71.694000
Concejales de Quilpué: -33.046000, -71.445000
Municipalidad de Villa Alemana: -33.042700, -71.375700
Municipalidad de Cerro Navia: -33.434400, -70.729000
Municipalidad de La Florida: -33.520300, -70.600800
Municipalidad de La Granja: -33.543600, -70.632300
Municipalidad de Lo Barnechea: -33.364000, -70.493700
Municipalidad de Lo Prado: -33.442600, -70.718400
Municipalidad de Providencia: -33.432300, -70.609900
Municipalidad de Pudahuel: -33.446400, -70.743000
Municipalidad de Renca: -33.404500, -70.704100
Municipalidad de Vitacura: -33.398800, -70.601400
Municipalidad de Tiltil: -33.085300, -70.929700
Municipalidad de Buin: -33.731200, -70.741300
Municipalidad de Peñaflor: -33.607800, -70.900800
Municipalidad de Rancagua: -34.170400, -70.741500
Municipalidad de Codegua: -34.039000, -70.667000
Municipalidad de Graneros: -34.064500, -70.726000
Municipalidad de Río Claro: -35.281100, -71.258900
Municipalidad de Curicó: -34.985600, -71.238400
Municipalidad de San Javier: -35.595400, -71.731600
Municipalidad de Yungay: -37.120300, -72.019200
Municipalidad de Ránquil: -36.604900, -72.534500
Municipalidad de San Carlos: -36.424100, -71.958000
Municipalidad de Coronel: -37.029299, -73.146096
Municipalidad de Penco: -36.739400, -72.992900
Municipalidad de San Pedro de la Paz: -36.841500, -73.103200
Concejal de San Pedro de la Paz: -36.841429, -73.103462
Municipalidad de Talcahuano: -36.714900, -73.114800
Municipalidad de Tomé: -36.617200, -72.958500
Municipalidad de Hualpén: -36.787800, -73.087900
Municipalidad de Los Ángeles: -37.471100, -72.350500
Municipalidad de Nacimiento: -37.502209, -72.674314
Municipalidad de Punta Arenas: -53.163200, -70.908800
Municipalidad de Puerto Varas: -41.317400, -72.984600
Municipalidad de Puerto Montt: -41.462600, -72.937300
Municipalidad de Purén: -38.032300, -73.073000
Municipalidad de Temuco: -38.739800, -72.590900
Municipalidad de Santa Bárbara: -37.668900, -72.021600
Municipalidad de Los Vilos: -31.909800, -71.511500
Municipalidad de Mulchén: -37.720743, -72.244054
Municipalidad de Los Vilos: -31.909800, -71.511500
Municipalidad de Marchigue: -34.396700, -71.618900
Municipalidad de Punitaqui: -30.833900, -71.257800
Municipalidad de Cabrero: -37.037917, -72.404376
Municipalidad de Santiago: -33.437072, -70.650241