Todos los proyectos de Áreas Verdes, Planes y Programas de Arborización, así como también los Proyectos de Plantaciones y Áreas Verdes referidos en el Artículo 3.2.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, serán presentados al Director de Obras Municipales para su aprobación.
Los referidos proyectos deberán contemplar los antecedentes establecidos en el artículo 3.2.11.ter de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.