Un reglamento definirá y normará las siguientes materias:
- La forma en que se constituirá y operará un Consejo Consultivo de Infraestructura Verde a nivel nacional, y las mesas ciudadanas de infraestructura verde a nivel comunal;
- Los métodos, procedimientos y contenidos mínimos para la elaboración de los censos de Arbolado Urbano;
- Los métodos y procedimientos técnicos más idóneos para la mantención de las áreas verdes y el arbolado urbano, en función del entorno, tipo de suelo, clima y disponibilidad hídrica;
- Las normas generales para la ejecución o construcción de proyectos de Plantaciones y Áreas Verdes;
- El listado de las especies vegetales más idóneas de acuerdo con cada zona del país;
- Cualquier otra materia necesaria para la correcta aplicación de la presente ley.